Mensaje de los abogados Dayna Wheatley y Tri-An Tran-Nguyen
El día de su toma de posesión, el presidente Trump cumplió con sus planes declarados de emitir órdenes ejecutivas que afectan la inmigración a los Estados Unidos. A continuación, se incluye un resumen de estos cambios; sin embargo, las impugnaciones judiciales ya han comenzado.
Es importante no entrar en pánico al leer sobre estos cambios, ya que es demasiado pronto para decir exactamente cómo se implementarán o harán cumplir las medidas en este momento.
Compartiremos contigo las actualizaciones a medida que las recibamos. Si tienes preguntas sobre este mensaje, programa una consulta.
No hemos estado trabajando con detenidos desde la pandemia mundial en 2020, pero volveremos a ofrecer representación para detenidos a cualquier cliente existente colocado en un centro de detención de inmigrantes a partir del 1 de marzo de 2025. Por lo tanto, no dude en llamar a nuestra oficina para obtener ayuda si necesita ayuda. El trabajo en detención para personas que no sean clientes existentes se considerará después de una consulta. Habrá una tarifa de consulta y se acreditará a su cuenta si me contrata.
Así es como las órdenes ejecutivas pueden afectarle a usted o a sus seres queridos:
Personas que ingresaron a Estados Unidos con visas que aún están vigentes
Si ingresó a los Estados Unidos con una visa y (1) ésta no ha expirado y (2) no ha violado las condiciones de su visa (por ejemplo, quedarse más tiempo del permitido por su visa o trabajar sin permiso), lea a continuación.
- Estas órdenes ejecutivas no deberían afectarle.
Personas que ingresaron a los Estados Unidos con visas que ya no son válidas o personas que ingresaron sin visa
Si ingresó a los Estados Unidos con una visa y su período de estadía autorizada ha expirado (por ejemplo, seis meses para una visa de visitante a menos que se extienda), o ha violado las condiciones de su visa (por ejemplo, trabajar sin autorización), lea a continuación.
- Esta orden exige que las personas indocumentadas se registren y que se dé prioridad a la ejecución (expulsión) de quienes no lo hagan. En este momento, no se ha descrito ningún procedimiento para el registro.
- Ahora usted podría estar sujeto a detención en un centro de inmigración, incluso si tiene una solicitud pendiente con USCIS.
- También podría estar sujeto a un proceso penal o civil federal (que implica encarcelamiento en un centro penal y/o multas monetarias) por su presencia ilegal.
- También podrían aplicarse sanciones y multas estatales.
- Todavía no sabemos si los tribunales de inmigración concederán las mociones de libertad bajo fianza. Es probable que la libertad condicional no sea una opción.
- Los abogados del DHS/ICE ya no aceptarán desestimar casos en tribunales de inmigración como una cuestión de discreción procesal. Sin embargo, los jueces de inmigración aún pueden conceder mociones para cerrar o terminar administrativamente los casos, según las circunstancias, como tener una Petición de Familiar Extranjero (Formulario I-130) aprobada y la necesidad de asistir a una entrevista para la visa de inmigrante en una embajada de los EE. UU.
- Se hará un mayor uso de la “expulsión acelerada”, que permitirá al DHS/ICE deportar a personas sin una audiencia si (1) no han estado en los Estados Unidos durante 10 años y (2) son detenidas a menos de 100 millas de una frontera estadounidense. Una “frontera estadounidense” se refiere a aeropuertos internacionales, así como a costas. Si usted se encuentra en cualquier parte del estado de Luisiana, se considera que se encuentra a menos de 100 millas de una frontera estadounidense.
ACCIONES SUGERIDAS
- Consulte con un abogado penalista, ahorre dinero para las fianzas y prepárese para gestionar las fianzas disponibles de modo que pueda pagarlas. Necesitará un abogado penalista si se encuentra detenido en un centro de inmigración para que se ocupe de los cargos penales en su nombre, ya que no se le permitirá comparecer ante el tribunal. A menudo, puede utilizar bienes como garantía para las fianzas en caso de no disponer de efectivo.
- Si DHS/ICE lo detiene, la fianza puede no ser una opción, dependiendo de las circunstancias.
- Puede hablar con un agente de fianzas ahora para obtener más información sobre los procedimientos y requisitos de fianza.
- Actualmente un juez de inmigración también puede otorgar fianzas para liberar a quienes están detenidos, pero deben pagarse en su totalidad y pueden ser muy costosas.
- Ahorre dinero para la representación legal. Siempre tendrá derecho a un abogado en un proceso penal, y el estado tendría que pagarlo. Sin embargo, recomiendo un abogado privado, si es posible. Podemos recomendarle abogados penales en Nueva Orleans, Baton Rouge y Chicago. También será importante consultar con un abogado de inmigración antes de la primera audiencia en el tribunal de inmigración.
- No acepte ningún acuerdo de culpabilidad penal sin conocer las consecuencias migratorias.
- El gobierno NO pagará un abogado en un tribunal de inmigración.
- Si ha estado en los EE. UU. durante 10 años o más, recopile evidencia de su presencia física para cada año y tome fotografías de ella en su teléfono .
También debe guardar copias de esta evidencia en la guantera de su vehículo y con sus seres queridos. Algunos ejemplos de su presencia física incluyen, entre otros, certificados gubernamentales (de nacimiento de hijos que lo incluyan como padre, certificado de matrimonio, certificado de divorcio), registros médicos y recibos con su nombre.
- Organice con anticipación la tutela y/o el poder notarial para sus bienes y sus hijos si estos son ciudadanos estadounidenses y usted es detenido. El abogado Tri-An Tran-Nguyen puede ayudarlo con esto.
- Todavía no está claro si los niños que no son ciudadanos estadounidenses serán detenidos de alguna manera, ya que en este momento faltan instalaciones para niños.
- También necesitará tener a alguien con estatus legal que pueda manejar sus asuntos financieros en su nombre, vender su propiedad, pagar sus facturas, etc.
- CONOZCA SUS DERECHOS cuando se encuentre con agentes de ICE:
Autorización de empleo
También puede perder su autorización de empleo si tiene un caso pendiente. (Esto no incluye a las personas que están aquí trabajando con visas) .
La Orden Ejecutiva para la Protección de los Estadounidenses contra la Invasión establece que “ NOse otorgará autorización de empleo a ningún extranjero no autorizado en los Estados Unidos”. Normalmente, las personas que solicitan la residencia permanente (es decir, que han presentado el Formulario I-485) se consideran en un período de estadía autorizada.
Todavía no hay una definición de quién será considerado un “no ciudadano no autorizado” a los efectos de la autorización de empleo. Estamos esperando un anuncio del USCIS y no sé cuánto tiempo tendremos que esperar para eso.
Personas que solicitan visas desde fuera de los Estados Unidos
- La Orden Ejecutiva sobre la Protección del País contra Terroristas Extranjeros y Otras Amenazas a la Seguridad Nacional y a la Seguridad Pública requerirá la identificación de países que se considere que tienen información de investigación y selección deficiente.
- Esto significará que se prohibirá la inmigración desde esos países, como ocurrió con la “Prohibición Musulmana” y otros países durante la primera administración del presidente Trump.
- En todas las embajadas de Estados Unidos se intensificarán los controles y las evaluaciones de antecedentes, pero se seguirán otorgando visas a personas que residan en países que no hayan sido identificados como una amenaza para la seguridad, excepto a los refugiados .
- El presidente Trump ha ordenado que se presente un informe dentro de 90 días para decidir si seguir aceptando refugiados conviene a los intereses de Estados Unidos.
- En adelante, los refugiados sólo serán admitidos si “pueden asimilarse plenamente” y no serán una carga para los contribuyentes estadounidenses. No está claro cuál será la definición de “asimilarse plenamente”.
Personas que intentan cruzar la frontera sin visa
- La Orden Ejecutiva de Emergencia Nacional ha declarado que la frontera sur es una emergencia nacional, lo que permitiría el uso de personal y recursos del Departamento de Defensa de EE. UU. para colocar barreras físicas alrededor de la frontera.
- Estados Unidos publicará un informe dentro de 90 días sobre si es factible invocar la Ley de Insurrección de 1807, que permitiría al gobierno desplegar al ejército estadounidense y a la guardia nacional para reprimir el desorden civil.
- No sabremos nada más sobre cómo lo harían hasta que se publique el informe.
- No habrá más devoluciones voluntarias en la frontera, también conocidas como “captura y liberación”.
- Esto probablemente significa que se emitirán más órdenes de deportación aceleradas contra personas sorprendidas intentando ingresar sin visa, y estas les impedirían regresar por un período de cinco años.
- Las violaciones de estas órdenes pueden dar lugar a graves consecuencias penales y de inmigración.
- La aplicación CBP One, que permitía a las personas hacer citas en la frontera para solicitar asilo, ya no está en uso y todas las citas han sido canceladas.
- Se cancela el permiso anticipado de entrada para personas de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela.
- La Orden Ejecutiva para Garantizar la Protección de los Estados Contra Invasiones busca prohibir que las personas que cruzan la frontera sin visa soliciten asilo, a menos que el Presidente Trump determine que “la invasión ha cesado”.
- Existen otras formas de alivio, como la suspensión de la expulsión y la Convención contra la Tortura, que son similares al asilo pero más difíciles de obtener.
- No está claro en este momento si este tipo de casos también serán rechazados bajo esta Orden Ejecutiva.
- La Orden Ejecutiva para Garantizar la Protección de los Estados Contra Invasiones suspenderá y restringirá la entrada por razones de salud pública a personas que no tengan suficiente información médica e información de antecedentes penales (por ejemplo, antecedentes penales).
ACCIONES SUGERIDAS
- Cualquier persona que planee cruzar la frontera de Estados Unidos sin visa debe estar preparada para ser detenida por un oficial de ICE, un miembro armado del ejército estadounidense o la Guardia Nacional. Además, esta persona será detenida sin posibilidad de libertad condicional (liberación) hasta que (1) se resuelva el caso en un tribunal de inmigración para detenidos o (2) sea deportada.
- Cualquier persona que planee cruzar la frontera de Estados Unidos sin una visa debe traer (1) autorizaciones sanitarias de su médico, así como (2) autorizaciones policiales de su país de origen y de cualquier otro país donde la persona haya residido durante seis meses o más.
Ciudadanía por derecho de nacimiento
El presidente ha emitido una orden ejecutiva titulada Proteger el significado y el valor de la ciudadanía estadounidense que establece que no habrá más derecho a la ciudadanía estadounidense por nacimiento en los Estados Unidos después del 19 de febrero de 2025. No está claro qué ciudadanía tendría el niño si la madre y el padre son ciudadanos de diferentes países.
- Esta Orden Ejecutiva desafía la Constitución de Estados Unidos y el precedente de la Corte Suprema de Estados Unidos, y según el último recuento, 22 estados ya han presentado una demanda en su contra.